POLÍTICA CRIMINAL Y CRIMINOLOGÍA 


Imagen 01. Criminología.
I
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La criminología como ciencia y como concepto ha sido objeto de múltiples variaciones, desde 1883 cuando se utilizó por primera vez, sin embargo no se ahondará en evolución conceptual por no ser necesario para la aproximación que se pretende. 

Se define entonces, la criminología como “ciencia multidisciplinaria cuyo objeto de estudio son el delito, el delincuente, la víctima y la conducta criminal, con el fin de explicar las causas y motivos del fenómeno delictivo, prevenirlo y estudiar las acciones específicas que en consecuencia requiere cada caso en concreto” (Centro de formación estudio criminal, 2011).

Por otra parte, la política criminal en términos prácticos se encarga de aplicar los aportes de la criminología llevándolos a la práctica a través de políticas públicas y lo que se aprecie necesario desde la perspectiva de la ley penal. La Política Criminal en entendida por la Corte Constitucional como el conjunto de respuestas que un Estado estima necesario adoptar para hacerle frente a conductas consideradas reprochables o causantes de perjuicio social con el fin de garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y de los derechos de los residentes en el territorio bajo su jurisdicción, la política criminal puede ser articulada por el Legislador a través de la expedición de normas. 

No obstante, la política criminal no debe observarse exclusivamente como política represiva, la política criminal entendida como “ciencia que se encarga de estudiar las actividades que realiza el Estado con los fines de prevención y represión de los delitos” (Universidad interamericana para el desarrollo, s.f., pág. 4) A esta actividad también le compete llevar a cabo “estudios críticos y prospectivos de las normas jurídico-penales y de las vías institucionales para su oportuna y eficaz expedición preventiva y represiva, promover reformas legislativas adecuadas a las nuevas situaciones sociales, e incluso la hermenéutica judicial, disciplina del deber ser, acorde con las necesidades del momento y con el cambio que se desea” (Carrasquilla, 1982, pág. 6). 

A su vez Barveret, acertadamente argumenta que la política criminal vista desde la óptica de la criminología incluye “las intervenciones jurídicas y extrajurídicas, publicas y privadas, que tienen como fin prevenir o reducir la delincuencia, o paliar los costes sociales del mismo” (Barveret, 2000, pág. 221). Es así como la criminología ofrece herramientas para ser implementadas a través de políticas públicas, no exclusivamente de carácter normativo, sino que debe integrar diversas disciplinas y áreas de intervención de tal suerte que los cambios en postulados normativos sustanciales y/o procesales en lo penal, interesan a la ciencia criminológica desde las actuaciones de funcionarios de policía, nuevas prácticas educativas la preocupación del Estado por las víctimas de delitos, concluyendo que la política criminal “incluye las intervenciones jurídicas y extrajurídicas, públicas o privadas, que tienen como fin prevenir o reducir la delincuencia, o paliar los costes sociales del mismo” (Barveret, 2000, pág. 22) 

Referencias Bibliográficas 

Barveret, R. (2000). La investigacion criminológica y la política criminal. Revista de derecho penal y criminología 2a época(5), 221-242.

 Centro de formación estudio criminal. (2011). Historia y evolución del concepto criminología. Barcelona. Recuperado el 07 de 2017, de http://www.estudiocriminal.eu/criminologia/

Universidad interamericana para el desarrollo. (s.f.). Obtenido de http://moodle2.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/ADI/TP/TP01/TP01_Lectura_1.pdf

 Carrasquilla, J. (1982). Derecho penal fundamental: introducción a la teoría del delito. . Bogotá : Temis.

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